La acción contra el accionar de las fuerzas de seguridad jujeñas durante las protestas había sido presentada por Pérez Esquivel; Adriana Aredez, hija del ex intendente jujeño Luis Aredez, desaparecido durante la dictadura; la abogada Silvana Llanes, apoderada de las Comunidades indígenas de Caspalá y Lumara, y Raúl Sajama, vicepresidente de la Comunidad Indígena Angosto del Perchel.
El habeas corpus había sido rechazado por el juzgado federal de primera instancia de Jujuy y por la Cámara Federal de salta, que además declaró la «deserción» del recurso contra su decisión presentada por los organismos humanitarios.
Ahora, los camaristas de Casación Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky entendieron que «pudiendo constituir los agravios invocados por la parte recurrente algunas de las causales previstas en el Código Procesal Penal de la Nación, corresponde hacer lugar a la queja deducida».
El Código establece, en lo que aquí interesa, que el recurso de Casación se puede presentar ante la «inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva o de las normas que establece bajo pena de inadmisibilidad, caducidad o nulidad».
La Cámara de Casación, aclara la resolución, «constituye un órgano intermedio ante el cual las partes pueden encontrar la reparación de los perjuicios irrogados en instancias anteriores, máxime si los agravios invocados aparecen claramente vinculados con una cuestión federal».
CASACIÓN ACEPTÓ TRATAR UN HABEAS CORPUS DE PÉREZ ESQUIVEL POR LAS PROTESTAS CONTRA LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE JUJUY
La Cámara Federal de Casación Penal aceptó analizar una acción de hábeas corpus presentada por el premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y otros dirigentes sociales y humanitarios por los episodios de violencia durante las protestas contra la reforma constitucional de Jujuy.