CASACIÓN RECHAZÓ PLANTEOS DE CFK Y OTROS QUERELLANTES Y AVALÓ LA TEORÍA DEL «CUENTAPROPISMO» EN EL ESPIONAJE ILEGAL

  El máximo tribunal penal del país rechazó todos los planteos contra el fallo dictado por la Cámara Federal porteña en diciembre del año pasado, cuando desprocesó por «asociación ilícita» a la cúpula de la AFI que encabezaron Gustavo Arribas y Silvia Majdalani.
   Entre los recursos presentados están los de la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, pero también los de la Comisión Provincial por la Memoria, el organismo que encabeza el premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, en su conducción anterior.
   Los fallos se basaron sobre dos argumentos centrales: que no se trata de una sentencia definitiva (porque no puso fin al expediente sino que ordenó que se profundicen las investigaciones) y que las partes que recurrieron no lograron demostrar que el fallo de la Cámara Federal fuera arbitrario.
   Los camaristas Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo confirmaron así aquel fallo de finales de 2021 que consideró que los agentes de la AFI contratados durante la gestión de Arribas y Majdalani, gran parte de ellos provenientes de la Policía de la Ciudad, habían actuado por su propia cuenta e interés en las tareas de espionaje.
   Entre los espiados estaban la propia Cristina Kirchner, sus oficinas en el Instituto Patria, dirigentes sociales, políticos y sindicales afines al peronismo, pero también Horacio Rodríguez Larreta y Diego Santilli, del entonces oficialismo.
   La teoría del «cuentapropismo» para explicar esas tareas de inteligencia ilegales surgió del fallo firmado en diciembre por los jueces Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens.
   La Cámara rechazó también las apelaciones de dos supuestos «cuentapropistas», el abogado Facundo Melo y el ex policía de la Ciudad Jorge «El Turco» Sáez, cuyos procesamientos sí fueron confirmados.
   Ambos sostienen que todos los hechos por los que fueron procesaron eran producto de órdenes directas de sus superiores en la central de inteligencia.
   «Las resoluciones cuya consecuencia sea seguir sometido a proceso penal no constituyen sentencia definitiva ni resultan equiparables a tal, salvo que se verifique un perjuicio que no admita reparación ulterior», dijeron los camaristas.

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