La trabajadora formuló el reclamo ante la posibilidad inminente de que le fuera descontado el 50 por ciento de su salario, que es su único medio de vida.
Las figuritas del Mundial fueron un artículo de altísima demanda y muy escasa oferta mientras se disputó la contienda deportiva en la que la Selección argentina alcanzó su tercer título, a punto tal que la información sobre dónde se vendían era casi tan importante como las estampas en sí mismas.
La mujer sancionada por la administración porteña, se desempeña en el área legal del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat y fue sancionada por «haber solicitado el 26 de agosto de 2022 al usuario @_JugadorNro12 de la red social Twitter que publique el número de teléfono perteneciente al agente Juan Manuel Vidal Labarca informando que vendía figuritas del Mundial, ocasionándole la recepción de múltiples llamadas y mensajes de WhatsApp, sin justificación alguna».
El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario Osvaldo Otheguy aceptó tratar el caso durante el receso judicial invernal y ordenó que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del gobierno de CABA «acompañe el expediente administrativo y toda otra actuación relacionada e informe su estado actual y si la suspensión dispuesta implica quita o reducción de los haberes percibidos por la accionante».
Según la resolución, «Labarca, denunció que el día 26 de agosto de 2022 y durante 24 horas, recibió llamadas telefónicas y mensajes de WhatsApp en su celular personal requiriendo la venta de figuritas, como consecuencia de una publicación efectuada por el usuario de la red social Twitter @_JugadorNro12».
«Se comunicó con dicho usuario de Twitter quien le envió capturas de pantalla de la conversación que habría mantenido con otro usuario de Twitter, quien le habría solicitado que efectuara la publicación mencionada», añadió la presentación.
La identidad de la empleada sancionada permanecerá en reserva.
«El instructor sumariante de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal entendió que correspondía la instrucción de un sumario administrativo para atribuir o deslindar las eventuales responsabilidad emergentes», y ello derivó en la sanción de 15 días de suspensión.
El juez Otheguy estimó que «la demora que la feria judicial impondría, podría provocar un perjuicio grave si no se resuelve lo peticionado por la accionante».
«Por ello encontrándose involucrados derechos de carácter alimentario, considero pertinente habilitar el trámite de las presentes actuaciones», justificó.