LA AFIP HABILITÓ LOS CRÉDITOS A TASA SUBSIDIADA PARA QUE LAS EMPRESAS PUEDAN PAGAR SUELDOS

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó hoy el acceso para que las empresas puedan obtener créditos subsidiados destinados al pago de salarios de julio.

Los préstamos estarán disponibles para aquellas empresas cuya facturación tuvo una variación de entre 0% y 30% en el último año y tendrán una tasa de interés fija.


   Para las compañías que percibieron una variación de hasta 10% en su facturación, la tasa será del 0%, para las que exhibieron un aumento de entre 10% y 20%, el costo del financiamiento será del 7,5%, mientras que para las que tuvieron un incremento de entre 20% y 30%, la tasa será del 15%.


   Más de 75 mil empresas están en condiciones de solicitar un crédito para el pago de los salarios, según informó el organismo.
   Aquellas firmas que registraron una variación nominal negativa en su facturación entre junio de 2020 y 2019 ya fueron notificadas del acceso al salario complementario a través del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción.


   El organismo anunció que oficializará la medida en la Resolución General 4792, que será publicada en el Boletín Oficial.
   El organismo notificará a los empleadores beneficiados que podrán iniciar el trámite para acceder al financiamiento y la solicitud se inicia a través del sitio web de la AFIP y se gestionan ante la entidad bancaria seleccionada.


   Las empresas tienen tiempo hasta el martes 18 de agosto, inclusive y los créditos deben ser destinados a pagar los salarios.
   La AFIP informó que debido a este requisito el financiamiento se acreditará directamente en las CBU de cada una de las trabajadoras y trabajadores.


   La normativa de la AFIP establece que las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.


   Los empleadores podrán tramitar a través del sitio web de la AFIP créditos para pagar salarios por un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada de trabajadora y trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.

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